sábado, 13 de octubre de 2012

DEMILIMITACIÓN DE LA PROPIEDAD, SOLUCIONES A LITIGIOS JUDICIALES, EXTRAJUDICIALES Y DE MEDIACIÓN



   El pasado 4 de octubre, asistimos a las jornadas celebradas en la delegación del Colegio de Abogados de Marbella, en la que se expusieron con claridad, las competencias y habilidades en los litigios referentes a la propiedad inmobiliaria, de los Ingenieros Técnicos en Topografía.

   También se presentaron, las diferentes vías de solución a los problemas de propiedad como son los deslindes, cabidas e inmatriculaciones.

DIFERENTES VÍAS DE SOLUCIÓN A LITIGIOS DE LA PROPIEDAD

JUDICIAL:
                Jurisdicción voluntaria.
                Expediente de deslinde y amojonamiento  (art. 2061 y ss
                L.E.Civil).  
                Expediente de dominio por inmatriculación.

VÍA EXTRAJUDICIAL:
Acta de presencia y notoriedad (art. 53-10 de la ley 13/96). Modificar superficies y rectificar linderos fijos.
Certificaciones Catastrales: rectificar las cabidas de aquellas fincas cuyos linderos sean fijos o sobre los que existan dudas sobre la identidad de las fincas y/o alteración de sus linderos. Se hace mediante una descripción descriptiva y gráfica de la finca.
Certificación o informe técnico competente: rectificar cabidas cuando el exceso es inferior a la 1/5 de la cabida inscrita.
Simples manifestaciones: cuando el exceso de cabida no supere 1/20 de lo inscrito.

MIXTA:
Acta de notoriedad del artículo 200 LH. Conferida por el art. 203 p.8 L.H. traslado al juez para su conformidad tras informar al M. Fiscal.

MEDIACIÓN en asuntos civiles y mercantiles (Ley 5/2012 de 6 de julio):
         La mediación consiste en dar soluciones prácticas, efectivas y rentables con la intervención de un profesional, que facilitará la resolución del conflicto por las propias partes de una manera neutral, equitativa y conservando el control hasta el final del conflicto.

            Una vía bastante interesante, que gracias a su aprobación en julio de este año, hace posible una ordenación general de la mediación aplicable a los diversos asuntos civiles y mercantiles Ley de mediación en asustos civiles y mercantiles.

   Todos estos caminos para llegar a una posible solución, son consecuencia de la indefinición de esa propiedad.

¿Pero qué entidad o quién en España te asegura y te define tu propiedad material? ¿El Catastro, el Registro? ..., pienso que no ¿Quién te dice que esa propiedad evidente, palpable tiene esta forma, características y se encuentra situada ahí?  


    Hasta que se legisle en referencia a la propiedad como porción  deslindado de terreno georreferenciado, continuaremos necesitando las vías a los litigios anteriormente expuestos, que en algunas ocasiones se alargan en el tiempo más de lo esperado.
   
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