¿Alguien compraría
un coche sin comprobar y asegurarse que todas las características y
prestaciones que le venden son correctas?
Pues eso es lo
que miles, podrían ser perfectamente millones de propietarios de Bienes
inmuebles en España, NO hacen cuando realizan la compra o adquisición de esa propiedad.
Se podría decir que lo comprueban, ya que leen en la nota simple la ocupación y
superficie de esa finca situada tal como indican las referencias que se exponen,
e incluso aseguran que lo han visto con la ortofoto en la página de la Sede
virtual del Catastro.
Es verdad, se revisa a través de su Nota
Simple en la que se describe que es una finca de X metros cuadrados situada al Norte con "P"
al Sur con "J" al Este "H" y al Oeste "L" y a continuación en función de
esa información pagan el precio de ésta. Pero ¿es cierto que lo que se expone es
físicamente real o existe tal como lo
describen?
Vamos entonces a
realizar una sutil comparación con la compra de un coche.
En primer lugar, cuando queremos comprar un coche vamos
al concesionario, elegimos el coche que nos gusta y esperamos a que el
comercial se ponga en contacto con nosotros para recogerlo.
Llega ese día y
voy al concesionario para llevármelo.
Me acerco y compruebo que ese coche es de la marca
TAL con las prestaciones elegidas con anterioridad: diesel 2.0 TDI motor 150cv, 6 velocidades, color rojo
efecto perla y llantas 17”.
Abro capó, maletero, compruebo que el interior coincide
con asientos deportivos en tapicería “Alcántara” que había escogido
y además verifico que los accesorios que el comercial me obsequió el día que nos
lo vendió están incluidos.
Abro las puertas del coche, me siento y veo el gps navegador y observo que las alfombrillas
decoradas de tejido son las acordadas. Perfecto. Tengo mi coche tal como lo elegí.
Entonces a partir de ese momento pago y me lo llevo. Y si hubiera algún problema o no me hubiera dado cuenta de algo que había pagado y no está incluido,
tengo mi garantía a dos años.
¿Sería capaz
alguien de negar que no comprueba in situ físicamente, que todo lo que ha
comprado, se encuentra en el coche que se va a llevar?
Ahora nos
encontramos en el caso de un Bien Inmueble Rústico o Urbano (el caso de una
reparcelación no delimitada en terreno por ejemplo), con (en algunos casos) una ficha registral "Tal",
con nº de folio, etc... y una Referencia Catastral "SSSS".
Coteja que los metros cuadrados escritos, coinciden con los
metros cuadrados que voy a pagar y corresonde a un valor de X€. En bastantes ocasiones, el futuro
propietario va al terreno con el actual propietario y éste último, con un
movimiento de manos le indica a grosso modo, lo que va a comprar. ¡¡Y nos
quedamos tan tranquilos!!
Es evidente que
no conocen el alcance del problema, hasta que llega el día en que este último
comprador, quiere construir, vender, vallar, etc … su Bien. Es ahí cuando
necesita saber exactamente dónde está y si realmente tiene esos metros
cuadrados.
Nos podemos encontrar que multitud de trabas: no se conocen las lindes correctamente en terreno, no coinciden los metros cuadrados comprados con lo existente, alguien ha vallado antes que yo y la valla ocupa parte de mi parcela, etc ...
¿Qué hacer? ¿A quién acudir? ¿Acudimos al
Registro? ¿Al Catastro?.¿Quién nos garantiza el bien tangible?
Una parcela correcta y perfectamente deslindada, georreferenciada y superficiada, evitaría la indeterminación y la inseguridad que actualmente existe en el sistema.
Se precisa pues, de un cambio de legislación que ampare al propietario estructurando una metodología acorde con lo que actualmente se está demandando: un registro gráfico deslindado y georreferenciado obligatorio de los bienes inmuebles.